Resolución-464-2006-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Visto el Expediente Nº S01:0089347/2005 del Registro del Ministerio de Economia y Producción, la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, y considerando:

Que mediante la Resolución citada en el Visto se crearon en el ámbito del Territorio Nacional, trescientas dieciseis (316) Oficinas Locales del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentria.

Que la Dirección Nacional de Sanidad Animal propicia la creación de la Oficina Local de Caleufú ubicada en la Provincia de La Pampa, a los fines de una mejor y más armónica atención de la zona involucrada.

Que en razón de los resultados obtenidos en el desarrollo de los distintos planes sanitarios, corresponde brindar la apoyatura de servicios acorde a los requerimientos de los productores.

Que en tal sentido resulta indispensable cumplir con dicho objetivo con el fin de brindar atención sanitaria a la realidad epidemiológica de cada zona, acorde con las acciones a implementar en cada caso.

Que resulta necesario dotar de personal técnico y administrativo a la zona de influencia, según las acciones sanitarias a desarrollar, en concordancia con la producción pecuaria de la provincia y las concentraciones de productores, como así también en lo referente a trámites administrativos y recaudaciones.

Que se tiende a lograr un aprovechamiento integral de los recursos humanos y económicos disponibles.

Que la Dirección Nacional de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa y la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros han tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 de fecha 1º de septiembre de 2003.

Por ello, el Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimnetaria resuelve:

Artículo 1 — Créase la Oficina Local de Caleufú ubicada en la Provincia de La Pampa, quedando incorporada al Anexo I de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimnetaria, conforme se detalla en el Anexo I de la presente Resolución.

Artículo 2 — Modificase el Anexo II de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, en lo referente al ámbito geográfico de la jurisdicción correspondiente a la Oficina Local de Caleufú en la Provincia de LA PAMPA de conformidad a lo estipulado en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artïculo 3 — Apruébase el mapa provincial con ubicación de la Oficina Local de Caleufú, que como Anexo III forma parte integrante de la presente Resolución y modifíquese en lo pertinente el Anexo IV de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del Servicio Nacioal de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Artículo 4 — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

Anexo I
Provincia de La Pampa

 Oficina Local

 Localidad

 Nombre del Departamento

 15.297 - Ingeniero Luiggi

 Ingeniero Luiggi

 Rancul

 15.409 - Caleufú

 Caleufú

 Rancul

Anexo II
Jurisdicciones de Oficinas Locales:

 Provincia: La Pampa

Total de Departamentos: 22

 Código: 10

Total de Oficinas Locales: 21

 Oficina Local:

Jurisdicción:

 15.297 Ingeniero Luiggi

Rancul Norte
Seccíon VII B Lotes 1 a 25
Sección VII A Lotes 5-6 15- 16- 25 

 15.409 Caleufú

Rancul Sur
Sección VII C Lotes 1 a 20
Sección VII D Lotes 5-6 15 y 16

 

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